Órgano consultor del Gobierno Nacional en temas de  Salud y  Educación Médica. Creada por Ley 71/1890, ratificada por Ley 86/1928, Ley 02/1979, Ley 100/1993.

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SEDE: Cra. 7ª # 69-11. Bogotá, Colombia

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Órgano consultor del Gobierno Nacional en temas de  Salud y  Educación Médica. Creada por Ley 71/1890, ratificada por Ley 86/1928, Ley 02/1979, Ley 100/1993.

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¿Es la «Ciencia» un implícito? Mucho se menciona, pero poco se define

Artículo 71°. La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres.
Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura.
El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la Ciencia y la Tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades.

El Dr. Anaya en el documento da un repaso al estado de la Investigación en Salud en Colombia, durante los últimos años a nivel regional y Nacional estableciendo en donde estamos en investigación, gastos y otros factores y propone un Diagnóstico, Causas y Tratamiento para afrontar las realidades y desafíos en Colombia sobre el tema.

Ver documento:  Investigación en salud en Colombia

La Academia Nacional de Medicina propende al libre pensamiento como fundamento de la construcción del conocimiento. Este espacio del columnista invitado convoca a profesionales en áreas distintas a la medicina, pero involucrados con la salud desde distintas orillas, para que expresen sus posturas y pensamientos. Las opiniones expresadas son las de los autores y no comprometen a la institución.